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Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Madrid interpreta que las prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto de la Renta, como la Dirección General de Tributos opina lo contrario, habrá que acudir a la vía económico-administrativa para conseguir la devolución de lo tributado por este concepto.
- 23 de Noviembre del 2016
- Fiscal